Las viviendas unifamiliares son aquellos inmuebles residenciales destinados a la habitabilidad de una sola familia, distinguiéndose en:
Según datos de una análisis publicado por el portal inmobiliario Idealista, el 14% de los españoles reside en una vivienda unifamiliar aislada, y un 21% en chalets adosados o pareados.
Por tanto, se concluye que aproximadamente 1 de cada 3 certificados energéticos para el sector residencial son en viviendas unifamiliares.
Se debe presentar el certificado energético con carácter obligado en los casos de venta de la vivienda o de alquiler habitual.
Es el proceso de calificación energética de la vivienda cuyo resultado es un documento que informe sobre la eficiencia energética y potencial de emisiones y de gasto energético anual. Este documento, o etiqueta energética, clasifica la vivienda en relación de la energía que consume, y nos permite compararlo con una escala de calidades que van desde la A (la más eficiente) a la G (la que menos).
Desde el 1 de Junio de 2013, si eres el promotor (obra nueva) o dueño de una vivienda u otro inmueble y deseas alquilarlo o venderlo, debes disponer de un certificado y mostrarlo a las personas interesadas (notario, API, comprador, etc).
En principio, este documento es obligatorio para todas las viviendas unifamiliares existentes o nuevas, sin embargo, existen algunas excepciones sobre la norma para estos casos definidas en el RD 235/2013:
En los dos últimos casos, el certificado energético se reemplazaría por una declaración responsable del propietario de la vivienda unifamiliar, alegando estos supuestos de excepcionalidad.
El certificado tiene una validez de 10 años, desde la fecha de emisión. Es aconsejable actualizarlo si se ejecuta una reforma integral o rehabilitación energética del inmueble, pues en ocasiones, la mejora de la calificación puede llevar aparejada algunas ayudas o subvenciones
El coste del certificado energético no está regulado, cada profesional establece su presupuesto en función de sus honorarios. A este valor hay que añadirle las tasas administrativas que algunas Comunidades Autonómicas (la Com. de Madrid está exenta) repercuten a la hora de realizar el registro, dependiendo del tipo de inmueble y de su superficie.
No obstante, a título de referencia, el precio medio del mercado en Madrid, se sitúa alrededor de uno a dos euros por metro cuadrado útil de la vivienda unifamiliar.
Recomendamos que a la hora de contratar este servicio solicite un presupuesto con el desglose de los conceptos y una descripción de los pasos y compromisos de entrega. Desconfíe de los presupuestos más baratos, pues el resultado del trabajo puede llegar a ser incompleto, por el riesgo inherente al abaratar el servicio y las prisas y, por consiguiente, el resultado de la evaluación puede no corresponderse con la realidad.
En principio toda persona física o jurídica que tenga conocimientos técnicos y competencia profesional para el desarrollo del trabajo, arquitectos e ingenieros, principalmente.
Debe saber que si el certificado es erróneo o presenta negligencia en su elaboración; inexistente o con defectos de calidad, será el propietario, quien asuma la sanción administrativa íntegra que puede aplicarse en caso de inspección.
Las multas al propietario pueden ser desde 300 a 6.000€ dependiendo del caso:
Por su parte, las sanciones derivadas por negligencia del certificador pueden deberse a:
Son muchas las ventajas que se derivan de la estandarización del procedimiento de evaluación energética de un edificio, con intereses para los diferentes interesados (propietarios, constructores, agencias inmobiliarias, usuarios y administración pública).
El valor más importante es que informan al usuario de una evaluación objetiva del coste / ahorro económico que se deriva del uso y mantenimiento del inmueble en función de su calificación energética.
Otras ventajas relevantes son:
El técnico certificador deberá visitar el inmueble para realizar la evaluación de la vivienda unifamiliar para verificar las características catastrales y recabar toda la información que pueda relativa a la caracterización de la envolvente térmica del mismo, orientación y calidades.
Existen una serie de datos obligatorios a la hora de emitir un informe con la evaluación energética de este tipo de inmuebles, entre los cuales están los siguientes:
Elementos constructivos:
Climatalogía:
La zona climática de la vivienda unifamiliar condiciona el resultado de la evaluación energética por la demanda energética característica.
Instalaciones o sistemas energéticos para la climatización:
El estado, configuración y rendimiento de los equipos de climatización condicionan el resultado de la calificación de la vivienda unifamiliar por ser los sistemas que responden a las cargas térmicas que demande el inmueble, positivas o negativas.
Contribuciones energéticas:
La calificación energética de la vivienda se verá mejorada en el caso de que tenga contribuciones renovables: colectores solares para ACS o paneles fotovoltaicos; recuperación de calor de equipos de climatización, o bomba de calor geotérmica, entre otras soluciones tecnológicas.
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