BIE

¿Qué es un boletín eléctrico y para qué sirve?

El boletín eléctrico (BIE) es un certificado (CIE) obligatorio que emite un instalador eléctrico autorizado para la verificación de que la instalación eléctrica se encuentra en buen estado.
Dicho boletín se emite por cuadruplicado con copia al titular de la instalación, a la empresa distribuidora de energía eléctrica, a la Dirección de Industria correspondiente y al propio instalador autorizado.

¿Para que sirve?

El boletín eléctrico sirve para realizar la contratación de un suministro eléctrico, para evidenciar el cambio de la titularidad de la instalación y para garantizar que la la misma se encuentra en perfecto estado y que no supone ningún peligro por incumplimiento de la normativa.
En la práctica, son varias las situaciones, gestiones y trámites en las que se necesita remitir el boletín eléctrico:

  • Legalización de la instalación y alta del primer suministro
  • Ampliación de la potencia contratada que suponga un incremento superior al 50% de la que fija el Interruptor General (IGA)
  • En el caso de que proceda, justificación de que el suministro es no interrumpible
  • Cambio de tipo de instalación de monofásica a trifásica
  • Cambio de la titularidad del contrato de suministro eléctrico
  • Reactivación suministro por corte de luz provocado por impago

¿Cuanto cuesta?

El precio del CIE no está regulado y depende de la tarifa que aplique el instalador eléctrico que se contrate, las dimensiones de la instalación o las tasas que imponga cada Comunidad Autónoma.
En todo caso, y para que sirva de referencia, lo más habitual es que un boletín eléctrico de una vivienda cueste alrededor de 150 euros.

¿Tiene caducidad?

La validez del boletín eléctrico es de 20 años. Por tanto, es importante que se verifique que el boletín eléctrico esté vigente siempre que vaya a comprar una vivienda o local comercial de segunda mano.

¿Qué información contiene el boletín eléctrico?

Todo certificado eléctrico válido deberá tener adecuadamente cumplimentado la siguiente información:

  • Identificación del titular de la instalación y emplazamiento.
  • Características técnicas de la instalación: proyecto o memoria técnica de diseño según tipo de instalación (nueva, modificación…); uso (doméstica, oficina, hotel…); superficie, potencia máxima admisible, tensión, datos de la Línea General de Alimentación (LGA), datos de la derivación individual, contadores y datos de las protecciones eléctricas.
  • Empresa distribuidora.
  • Empresa instaladora autorizada, indicando su número de carnet instalador, con firma y, en su caso, indicando la fecha el número de visado del proyecto
  • Verificaciones por mediciones o ensayos de comprobación de puesta a tierra y de aislamiento de conductores.

De toda esta información, lo que más relevante es la potencia máxima admisible,  expresada en intensidad nominal (A) ya esto condicionará la máxima potencia que se puede contratar par este suministro. Dicho valor viene definido por el campo del Interruptor General de Alimentación o IGA.
Por ejemplo para un suministro de una vivienda con un valor del IGA de 4x15A, significa que la potencia máxima es de 10,4 kW para una tensión trifásica a 400V. Se adjunta enlace del reglamento con las potencias BOE normalizadas.
 
 


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