Bono Social Térmico

Se aprueba el Bono Social Térmico

Se aprueba el Bono Social Térmico como ayuda directa para reducir la factura térmica en calefacción, agua caliente o cocina a partir de este invierno.

Podrán beneficiarse de esta medida aquellos hogares que, a 31 de diciembre de 2018, se hayan acogido previamente al bono social eléctrico.

Requisitos para acogerse a esta ayuda

Los requisitos para acogerse al Bono Social Térmico (BST) son los mismos que los exigidos en su homólogo anterior, el nuevo bono social eléctrico, y que se recogen en este artículo.

Ambas ayudas son complementarias, en el caso del BST tiene carácter de directa que se liquida en forma de «cheque«, y no como descuento en la factura de las comercializadoras de electricidad aplicarán con el bono social eléctrico.

En el caso del BST, la gestión de la liquidación corresponderá a las Comunidades Autonómicas que realizarán los pagos al finalizar el primer trimestre de cada año.

El período invernal sujeto al BST se fija para los meses de diciembre, enero y febrero.

¿Tengo que hacer algo para solicitarlo?

Para acogerse al BST no debe realizar ninguna solicitud o trámite adicional al realizado para el bono social eléctrico. Por tanto, se le aplica automáticamente siempre que haya renovado el derecho al bono eléctrico antes del 31 de diciembre de 2018.

En qué consiste el Bono Social Térmico

Estas ayudas sociales van destinadas a paliar la pobreza energética. Para ello se ha definido un colectivo vulnerable que representa un 3% de la población nacional.

La ayuda del BST se concede independientemente del combustible empleado (gas natural, GLP, gasóleo, biomasa) para su uso en el hogar: calefacción, agua caliente o cocina.

¿Cuál será el importe de la ayuda?

El importe del BST está todavía pendiente de concretarse pues depende de la asignación presupuestaria. No obstante, el importe de esta ayuda dependerá principalmente de dos factores:

  • condición de consumidor vulnerable o vulnerable severo
  • zona climática del hogar del beneficiario (apéndice B.1 del CTE).

Se estima que las cuantías anuales del bono térmico fluctúen entre un mínimo garantizado de 25€ (consumidor vulnerable en zona cálida) y un máximo de 130€ (consumidor vulnerable severo en zona muy fría).

Método de cálculo de la cuantía del Bono Social Térmico

El método de cálculo se basa en la clasificación de Severidad Climática Invernal (SCI) de cada vivienda.

Por tanto, el importe correspondiente a un consumidor vulnerable, expresado en euros, será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:

AyudaBST_{_{zona i}}=25 + a \cdot \frac{SCI_{_{i}}}{SCI_{_{A}}}

En donde «a» es el coeficiente (mayor de cero) que dependerá de la asignación presupuestaria correspondiente a cada año.  Por su parte, SCI{_{A}} es el valor promedio de severidad climática correspondiente a la zona climática A, cuyo valor medio es de 0,15.

El cálculo del SCI{_{i}} depende de los grados-día registrados durante el invierno y de la radiación solar global acumulada en los meses de diciembre, enero y febrero. Se acompaña una fórmula aceptada por el CTE para el cálculo de este parámetro:

SCI = a\cdot Rad + b\cdot GD + c\cdot Rad\cdot GD + d\cdot (Rad)^{2} + e\cdot (GD)^{2}+f

GD: grados-día en base 20 durante diciembre, enero y febrero

Rad: radiación global media en Kwh/m²

abcdef
-0,008350,00372-0,000008620,00004880,000000715-0,0681

Por ejemplo, en el caso de Madrid (zona climática D3) el valor del SCI se encuentra comprendido entre 0,94 y 1,51.

En el caso de un consumidor vulnerable severo, o en riesgo de exclusión social, el importe de la ayuda resultante se incrementará en un 60%.

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